Indotel fija límites para frenar llamadas abusivas de cobro de bancos en el país
Las entidades financieras y agencias de cobro en República Dominicana cuentan con estrictas restricciones legales que impiden el hostigamiento telefónico indiscriminado contra los usuarios con compromisos pendientes. De acuerdo con el marco regulatorio vigente en el país caribeño, las gestiones de recuperación crediticia no otorgan vía libre para acosar a los deudores ni para traspasar las fronteras de la vida privada. Esta protección busca resguardar la serenidad de los ciudadanos frente a prácticas desmedidas durante la exigencia de pagos vencidos.
El jurista Jean Cristhoper Pérez puntualizó que, si bien solicitar el cumplimiento de un crédito representa una facultad legítima del acreedor, recurrir a presiones desproporcionadas, intimidaciones o descalificaciones personales quebranta el ordenamiento dominicano. El pilar central de esta protección ciudadana reposa en la Resolución 010-16 promulgada por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), disposición que pauta el empleo de plataformas telefónicas y digitales para requerimientos monetarios.
Entre los parámetros más determinantes fijados por el órgano regulador de las telecomunicaciones figura el tope cuantitativo de contactos. Las empresas de cobranza únicamente pueden tramitar hasta un máximo de cinco intentos diarios hacia un mismo cliente por cada renglón de compromiso financiero. Asimismo, la normativa impone una pausa obligatoria de por lo menos media hora entre una llamada y la siguiente, garantizando que el usuario no enfrente un bombardeo incesante en sus dispositivos.
En materia de horarios, las llamadas solo pueden efectuarse de lunes a viernes en la franja comprendida entre las 7:00 a.m. y las 8:00 de la noche. Para los sábados, el contacto queda restringido desde las 9:00 a.m. hasta la 1:00 de la tarde. En contraste, durante domingos y feriados oficiales rige una veda total para cualquier requerimiento telefónico.
La directiva ampara de igual forma el entorno profesional y el círculo íntimo del deudor. Cuando los intermediarios marcan al centro laboral, los contactos deben efectuarse de forma estrictamente individual, y el empleado conserva el derecho de pedir que no le telefoneen a su empleo si esto compromete su permanencia en la empresa. Del mismo modo, el abogado Pérez recalcó que bajo ninguna circunstancia se puede ventilar el balance pendiente o la morosidad a parientes ni a colegas de trabajo sin una autorización explícita o amparo de la ley.
Con información de N Digital.